En diversas ocasiones nos hemos referido en Canal Chupete a los términos y definiciones que han surgido con las técnicas de la Reproducción Asistida. Hoy le toca el turno a la maternidad subrogada, nuevo término surgido al calor de los avances tecnológicos logrados en esta rama del conocimiento.
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No hay dudas que los procedimientos de la Reproducción Asistida le han permitido a millones de personas realizar el sueño de convertirse en padres o madres. Pero uno de los temas más controversiales, desde el punto de vista biológico, ético, jurídico, social y hasta político es la maternidad subrogada.
Durante los últimos meses el tema de los vientres de alquiler o la maternidad subrogada, ha sido objeto de titulares en la prensa española. Descripción de casos increíbles, noticias y conflictos preocupantes, las opiniones encontradas y los diferentes puntos de vista matizan el debate.
Contenido
- 1 ¿Conoces qué es la maternidad subrogada o maternidad sustituta?
- 2 Causas por las cuales se acude a la maternidad subrogada
- 3 Modalidades o tipos de maternidad subrogada
- 4 Contrato de subrogación
- 5 Situación actual de la maternidad subrogada en España
- 6 Problemas bioéticos y jurídicos que han surgido al calor de la maternidad subrogada
- 7 Queda el debate abierto…
¿Conoces qué es la maternidad subrogada o maternidad sustituta?
La maternidad subrogada es conocida también como alquiler de vientres, vientres de alquiler, maternidad por sustitución y gestación por sustitución. En otros casos se habla de maternidad de alquiler, gestación por subrogación, de encargo, portadora, o sustitutiva.
Estos diferentes nombres tienen en común que una mujer se compromete a llevar un embrión en su vientre, desarrollar el embarazo y entregar al bebé después del parto a otra persona o a una pareja. Este embarazo puede ser producto de una retribución económica o hacerlo de forma altruista.
Para gestar el bebé se emplean procedimientos de la reproducción asistida como la inseminación artificial o la fecundación in vitro de óvulos.
En la maternidad subrogada por lo general intervienen tres actores fundamentales:
- La pareja o la persona contratante que puede aportar el material genético parcial o completamente.
- La mujer que prestará su útero para desarrollar la gestación.
- Los especialistas que levarán a cabo el procedimiento de inseminación, o implantación del embrión.
Causas por las cuales se acude a la maternidad subrogada
Es imposible describir la infinidad de situaciones en las cuales se pueden acudir a esta alternativa. Entre ellas pudiera deberse a:
- Incapacidad o imposibilidad de la mujer para de gestarse y desarrollar la gestación ya sea por anomalías, enfermedades, causas genéticas o edad avanzada.
- Impedir la transmisión genética de algunas enfermedades.
- Parejas homosexuales de hombres que deseen procrear.
- Hombres solteros que deseen ser padres.
- Fallecimiento de hombre soltero y deseo de la familia o voluntad expresa de ser padre a partir del semen conservado o extraído de sus testículos.
- Largos tiempos de espera para la adopción o por incapacidad para cumplir las exigencias de la adopción.
Modalidades o tipos de maternidad subrogada
Las modalidades pueden de maternidad sustituta pueden ser diversas, acorde con la procedencia del material genético. Las cuatro modalidades que se contemplan entre las posibles variantes son:
1.- Material genético procedente de la pareja contratante en su totalidad. En este caso tanto el óvulo como el espermatozoide proceden de los dos miembros heterosexuales de la pareja. Se realiza la fecundación in vitro y se implanta el embrión y la madre subrogada desarrolla la gestación hasta el nacimiento del bebé.
2.- La mujer que contrata el servicio aporta su óvulo fecundado por semen procedente de banco de semen o de otra persona. En este caso existe una madre genética y otra madre que desarrolla el embarazo para entregarlo al nacimiento.
3.- Otra variante es que la madre subrogada aporte su óvulo o sea su material genético. En este caso la inseminación artificial se pudiera realizar con el semen del hombre de la pareja o de otro. También esta variante es aplicable cuando se trata de parejas homosexuales hombres donde uno aportaría el semen. En este caso la que desarrolla la gestación también sería la madre genética y el hombre o los hombres los padres legales.
4.- La última modalidad se produce cuando el material genético proceda de personas ajenas a la pareja o la persona soltera contratante. En este caso la mujer contratada solo prestará su útero para desarrollar la gestación, pero no aporta material genético.
Contrato de subrogación
El contrato de subrogación es el instrumento que se emplea para que la madre que desarrolla la gestación renuncie a su derecho de ser legalizada como madre del pequeño. De esta forma los padres comitentes o contratantes de la gestación por encargo serian reconocidos como padres legales.
El renunciar al derecho de ser madre del embrión que desarrolló en su interior durante 9 meses en ocasiones se realiza de forma altruista, pero en la mayoría de los casos tiene un precio. Esto lo convierte en un acuerdo comercial lo que está prohibido en numerosos países. En otras ocasiones se estipula el pago de los costos del embarazo y el parto.
Situación actual de la maternidad subrogada en España
Desde el punto de vista oficial en España está prohibida la maternidad subrogada, sea esta altruista o pagada. Pero la realidad evidencia que alrededor de 1 000 niños han nacido mediante esta práctica. Y si te preguntas ¿cómo es posible?
Lo anterior es posible porque hay países que permiten la maternidad subrogada y los más osados y con posibilidades económicas acuden a ellos para lograr su propósito de ser padres o madres. En la maternidad subrogada la filiación paterna es posible concederla, pero la materna pertenece a la madre que desarrolló el embarazo.
Con el fin de preservar los derechos supremos del niño y en interés del menor se han emitido Resoluciones e Instrucciones de la Dirección General de Registros y del Notariado con el objetivo de permitir la inscripción registral de la filiación obtenida mediante Técnicas de Reproducción Humana Asistida efectuadas fuera de España y que estén amparadas por las legislaciones de los países donde se efectuaron los procedimientos.
Esto sin dudas genera una gran confusión porque se permiten si los procedimientos se realizan fuera de España, situación que no está al alcance de todos.
Problemas bioéticos y jurídicos que han surgido al calor de la maternidad subrogada
El pasado año 2017 el Comité de Bioética de España realizó una evaluación sobre los Aspectos Éticos y Jurídicos de la Maternidad Subrogada.Entre sus conclusiones fundamentales, se destacan:
- Si bien la maternidad subrogada satisface el deseo de la paternidad, por otra implica atentar contra los derechos de otras personas.
- El contrato de subrogación entraña una explotación para la mujer que desarrolla el embarazo y un daño a los intereses superiores del menor.
- Aunque se considera que podrían regularse y establecer una solución que respetara los intereses anteriores, no se vislumbra una forma viable de compaginar estos intereses.
- Las leyes españolas consideran la nulidad de los contratos de maternidad subrogada, pero no sanciona a los que la practican o intenten llevarla a cabo en otros países.
- Las modificaciones posteriores de la Ley permiten legalizar el nacimiento de hijos nacidos en el exterior mediante la maternidad subrogada.
- El Comité de expertos considera que se deben establecer las regulaciones jurídicas que impidan el registro civil de los hijos de los españoles, producto de la maternidad subrogada en otros países.
- Dicho Comité de ética considera que se debe buscar una prohibición de los contratos de gestación por sustitución a nivel internacional, para evitar los conflictos que esta práctica genera.
- Para los casos de españoles que están en este momento enfrascados en estos procesos en el exterior se debe garantizar un tránsito seguro y que sus hijos no sean afectados por las modificaciones que se implementen.
Queda el debate abierto…
El debate está abierto… la polémica es notable, la controversia ha adquirido dimensiones colosales. Unos defienden que la legislación española sobre la maternidad subrogada permanezca como está. Otros postulan que debería reformarse y ante determinadas condiciones permitirla adoptando medidas que posibiliten a los sectores menos favorecidos económicamente acceder en el propio país a esta práctica.
Un tema tan controvertido y con tantas implicaciones éticas, jurídicas y sociales seguirá ocupando titulares y siendo objeto de polémicas. ¿Y tú qué crees, es un dilema o una solución?